Bases legales promoción "NAVIDAD 2025"
ABANCA Servicios Financieros E.F.C., S.A.U. (en adelante, la “Entidad” o “ASF”), con CIF A-28197036 y dirección a estos efectos en A Coruña, Rúa Nueva nº 30, organiza la PROMOCIÓN NAVIDAD 2025 (en adelante, la “Promoción”), por la que se asignarán puntos (para su canje por cestas navideñas) a los vendedores de aquellos prescriptores participantes en la misma, de acuerdo con los términos y condiciones detallados en las presentes Bases.
BASES LEGALES DE LA PROMOCIÓN (en adelante, las “Bases”)
1. PARTICIPANTES
Participarán en la Promoción únicamente aquellos prescriptores de ASF destinatarios directos de esta promoción.
2. EXCLUSIONES DE PARTICIPACIÓN
Aun en el caso de reunir los requisitos recogidos en la Base 1 anterior, no tendrán derecho a participar en la Promoción, aún habiendo sido destinatarios de la misma, aquellos prescriptores en los que se dé alguna de las siguientes situaciones:
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Si durante el tiempo que dure la Promoción, mantienen con ASF situación(es) de impago, morosidad o cualquier otra situación irregular;
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Si realizan, a juicio de ASF, una actuación fraudulenta en relación con la presente Promoción o con la designación de los vendedores premiados y la asignación de puntos a dichos vendedores.
3. BENEFICIARIOS DE LA PROMOCIÓN
La participación en la Promoción corresponderá a los prescriptores que cumplan las condiciones fijadas en las presentes Bases, si bien el premio que se logre se asignará al/a los vendedor/es de los prescriptores designados por éstos..
4. DURACIÓN DE LA PROMOCIÓN
La presente Promoción se desarrollará desde el día 01 de noviembre de 2025 y el 30 de noviembre de 2025, ambas fechas inclusive, en las condiciones que en estas Bases se detallan.
ASF se reserva el derecho de alterar discrecionalmente el plazo de duración de la Promoción, previa comunicación al efecto en la que se detalle el nuevo plazo de duración y los motivos de dicha alteración.
5. REQUISITOS DE LA PROMOCIÓN
Aquellos prescriptores partícipes en la promoción deberán, durante el período de la duración de la misma, tramitar solicitudes de financiación de sus clientes en los productos financieros de “Credipago”, "Tarjeta De Compra" o “Auto” y, adicionalmente, al menos una de dichas solicitudes deberá ser formalizada por el cliente en cuestión.
6. MECÁNICA DE LA PROMOCIÓN
En el caso de que se cumplan los términos y condiciones recogidos en las presentes Bases, se asignarán puntos a los vendedores designados por los prescriptores participantes, con la equivalencia que se indicará en función de un número de operaciones finalmente formalizadas y cuya comercialización hubiera realizado el correspondiente vendedor:
Para el cálculo se considerará la entrega de los siguientes puntos:
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50 puntos por cada 5 operaciones formalizadas.
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150 puntos por cada 10 operaciones formalizadas
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300 puntos por cada 15 operaciones formalizadas
En caso de que el número de operaciones formalizadas sea inferior a 5 operaciones no se entregarán puntos.
Si el número de operaciones formalizadas no alcanza el siguiente tramo (por ejemplo, 7 operaciones), no se entregarán puntos por la fracción restante. Los puntos solo se generan al completar los tramos exactos (5, 10, 15 operaciones).
7. PREMIO
Los puntos acumulados por cada vendedor durante la Promoción podrán ser canjeados por una cesta de Navidad. La campaña se cerrará el día 30 de noviembre a las 24:00 h. (hora peninsular española).
Los premios se asignarán por riguroso orden de recepción del formulario de solicitud de canje (ver Punto 8) hasta agotar las existencias. El límite máximo de cestas de Navidad a asignar en el marco de la promoción es de 60 cestas .
Cesta de Navidad por un valor de 150 puntos.
El valor de los puntos finales obtenidos estará sujeto a las operaciones de financiación efectivamente formalizadas durante la Promoción y el importe del premio estará sujeto a retención fiscal.
8. COMUNICACIÓN DE LOS PUNTOS
ASF comunicará la liquidación de los puntos individualmente, dentro de los dos (2) días siguientes a la finalización de la Promoción.
ASF enviará a los Prescriptores ganadores un formulario de solicitud donde deberán indicar:
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El número de Cestas de Navidad (a razón de 150 puntos por cesta) que solicita para sus vendedores, en función de los puntos obtenidos.
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Los datos identificativos (nombre, apellido y DNI) de la persona física (vendedor) que recibirá el premio.
A estos efectos, el prescriptor garantiza a ASF que habrá obtenido el previo consentimiento expreso e informado de la persona física que recibirá el premio, para la comunicación a ASF de los citados datos identificativos, con la finalidad de que ésta proceda a tramitar y gestionar la entrega del premio. Asimismo, el prescriptor que resulte premiado informará a dicha persona física de que podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición al tratamiento de sus datos dirigiéndose por escrito a nuestro Servicio de Atención al Cliente a través de la dirección postal:Rúa Nueva, 1 Entreplanta (15003 – A Coruña) o a través del correo electrónico reclamaciones.abancaserfin@abanca.com.
9. ENTREGA DEL PREMIO
El premio se entregará por mensajería a cada beneficiario en un plazo máximo de veinte (20) días naturales a contar desde la comunicación del premio conforme a lo establecido en la Base 6.
Para realizar la entrega del premio, la persona física designada por el prescriptor que resulte ganador deberá: (i) exhibir la documentación acreditativa de su identidad en vigor; y (ii) aceptar expresamente dicho premio firmando el documento de aceptación del mismo que se le presentará a tal efecto.
El premio no se reemplazará ni se devolverá en caso de robo, pérdida, extravío o deterioro por el prescriptor que resulte ganador, en caso de que alguno de ellos resulte ganador del premio conforme a lo establecido en las presentes Bases
Una vez realizada la entrega del premio en los términos indicados, se entenderán cumplidas por ASF las obligaciones asumidas en virtud de la presente Promoción, renunciando el prescriptor que resulte ganador a cualquier reclamación posterior.
10. RESPONSABILIDAD
ASF se reserva el derecho a modificar, en cualquier momento, las condiciones de la presente Promoción cuando concurra causa justificada o motivos de fuerza mayor, sin asumir responsabilidad alguna por dicha modificación, comprometiéndose a comunicar las nuevas condiciones de participación en la misma forma y medios que los utilizados para las presentes Bases, lo antes posible.
ASF excluye cualquier responsabilidad por daños y perjuicios de toda naturaleza que puedan deberse a la falta temporal de disponibilidad o de continuidad del funcionamiento de los servicios mediante los que se participa en la Promoción y, en particular, aunque no de modo exclusivo, los problemas o fallos técnicos de las líneas telefónicas, sistemas informáticos, conexión a internet, servidores, software o error de cualquier mensaje de correo electrónico destinado a ASF.
ASF no se responsabiliza frente al prescriptor ni frente a los vendedores de las posibles pérdidas, deterioros, robos, retrasos, cancelaciones o cualquier circunstancia imputable a terceros que puedan afectar al desarrollo general de la presente Promoción o al/los premio/s.
La responsabilidad relativa a los productos o servicios por los que el vendedor canjee los puntos corresponde en exclusiva a los proveedores de tales productos y servicios, a quienes incumbe su adecuada calidad y desarrollo, eximiéndose, por tanto, ASF de cualesquiera responsabilidades y/o perjuicios que, en su caso, pudieran derivarse del uso o disfrute de los productos o servicios.
ASF no se responsabiliza por los servicios que, en su caso, terceras empresas deban prestar en el ámbito de la presente Promoción.
11. FISCALIDAD
De acuerdo con la normativa vigente, la entrega de los premios por parte de ASF constituye una retribución en especie sujeta al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) de su perceptor, retribución sometida, en su caso, a la correspondiente obligación de ingreso a cuenta por parte del pagador, de acuerdo con lo establecido por el artículo 75 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo.
Corresponderá a ASF la práctica del ingreso a cuenta aplicable, en su caso, cuya cuantía será asumida por ASF como mayor importe de la retribución pactada
12. PROTECCIÓN DE DATOS
A. ¿Quién es el responsable del tratamiento de los datos del prescriptor? Es ABANCA SERVICIOS FINANCIEROS, E.F.C., S.A.U. (en adelante, “ASF”), con NIF A-28197036 y domicilio social en A Coruña, en Rúa Nueva 30, C.P 15003.
En ASF contamos con un Delegado de Protección de Datos, formalmente designado, con el que el prescriptor puede ponerse en contacto si lo necesita, escribiendo a privacidadasf@abanca.com.
B. ¿Cómo obtenemos sus datos? ASF tratará los siguientes datos:
(i) los datos del prescriptor de los que disponga con motivo de las relaciones contractuales que el prescriptor mantenga con ASF (p.ej., si el prescriptor es titular, a su vez, de una operación de financiación –p.ej., de un préstamo– contratada con ASF, podremos consultar el comportamiento de los pagos del prescriptor en relación con esa operación); y
(ii) aquellos datos que el prescriptor nos facilite con motivo de esta Promoción.
C. ¿Para qué tratamos sus datos y bajo qué legitimación? El tratamiento de los datos personales del prescriptor persigue las siguientes finalidades:
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Gestionar y tramitar su participación en la Promoción, conforme a lo previsto en las presentes Bases legales.
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Gestionar, tramitar y realizar todas aquellas actividades descritas en las presentes Bases legales y las demás actividades relacionadas con esta Promoción; y
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Gestionar, tramitar y controlar las relaciones jurídicas que, como consecuencia de su participación en la Promoción, de la realización de cualquiera de las actividades descritas en estas Bases legales y de las demás actividades relacionadas con la Promoción, se establezcan entre ASF y cada uno de los prescriptores.
La base jurídica para el tratamiento de los datos del prescriptor es el consentimiento que este otorga al participar en la Promoción de forma voluntaria.
D. ¿Por cuánto tiempo conservamos sus datos? Los datos personales obtenidos al participar en la Promoción serán conservados durante el tiempo necesario para cumplir con las finalidades indicadas en el anterior apartado C.
Una vez cumplidas las citadas finalidades, los datos serán bloqueados conforme a lo dispuesto en la normativa, lo que implica que estarán disponibles tan sólo para la formulación, el ejercicio o la defensa de reclamaciones o a solicitud de Jueces y Tribunales, el Ministerio Fiscal o las Administraciones Públicas competentes durante los plazos de prescripción legal (con carácter general, 5 años, que es el plazo de prescripción de las acciones personales). Transcurridos dichos plazos, los datos serán eliminados.
E. ¿Cuáles son sus derechos? El prescriptor podrá ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, limitación al tratamiento, supresión, oposición, portabilidad o revocación del consentimiento mediante comunicación dirigida al Servicio de Atención al Cliente de ASF en la dirección postal Rúa Nueva,1 Entreplanta (15003 – A Coruña) o a través del correo electrónico reclamaciones.abancaserfin@abanca.com. Asimismo, tiene derecho a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos si considera que sus derechos han sido conculcados.
F. ¿Qué garantía presta el prescriptor respecto de los datos de los vendedores? El prescriptor garantiza a ASF que obtendrá el previo consentimiento expreso e informado de los vendedores para la comunicación de sus datos a ASF, todo ello conforme a lo dispuesto en el apartado “8. COMUNICACIÓN DE LOS PUNTOS” de las presentes Bases.
13. ACEPTACIÓN DE LAS BASES
La simple participación en esta Promoción supone la aceptación plena e incondicional de estas Bases, la sujeción a la normativa fiscal que resulte de obligatoria aplicación, así como la sumisión expresa a las decisiones interpretativas que de las mismas realice ASF en cuanto a la resolución de cualquier cuestión derivada de la Promoción.
La manifestación en el sentido de no aceptación de la totalidad o parte de las presentes Bases implicará la exclusión del prescriptor y de sus vendedores, por lo que ASF quedará liberada del cumplimiento de cualquier obligación que pudiera haber contraído con dicho prescriptor o sus vendedores con motivo de la presente Promoción.
14. COMUNICACIÓN DE LAS BASES DE LA PROMOCIÓN A LOS VENDEDORES
El prescriptor se compromete a informar expresamente a sus vendedores sobre la existencia de la Promoción, así como sobre todas las condiciones establecidas en las presentes bases legales.